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Diferencias entre garantía del fabricante y seguro de la instalación

Por Equipo editorial SolarNow Actualizado 12 ago 2026 5 min de lectura

Qué cubre la garantía del fabricante

Garantía de producto

Cubre defectos de fabricación del panel, el inversor u otros componentes durante un periodo determinado (normalmente entre 10 y 15 años): si un componente falla por un problema interno, no causado por un evento externo, el fabricante debe repararlo o sustituirlo sin coste.

Garantía de producción o rendimiento

Es distinta de la garantía de producto: garantiza que el panel seguirá produciendo por encima de un porcentaje mínimo (habitualmente en torno al 80-85%) durante toda su vida útil, normalmente 25 años. Si el rendimiento cae por debajo de ese mínimo sin causa externa identificable, también entra dentro de esta garantía.

Qué cubre el seguro

El seguro responde ante eventos externos a la calidad de fabricación: granizo, robo, viento fuerte, un cortocircuito accidental no atribuible a un defecto de fábrica, o daños causados a terceros por la propia instalación (responsabilidad civil). Es la cobertura que necesitas cuando el problema no viene de cómo se fabricó el componente, sino de algo que le ha ocurrido después de instalarlo.

Por qué necesitas ambas coberturas

Situación Cubre
Panel con defecto de fábrica desde el origen Garantía del fabricante
Panel roto por una granizada Seguro
Robo de paneles Seguro
Degradación de producción por debajo de lo garantizado, sin causa externa Garantía del fabricante

Cómo se determina quién responde en un caso dudoso

No siempre está claro a simple vista si un daño se debe a un defecto de fabricación o a un evento externo. En caso de duda, tanto el fabricante como la aseguradora pueden recurrir a un perito o técnico independiente que determine la causa exacta antes de aceptar o rechazar la reclamación. Por eso es tan importante documentar bien el incidente desde el primer momento: fecha, fotografías del daño y, si es posible, cualquier evento meteorológico o circunstancia asociada (una tormenta reciente, por ejemplo) que respalde tu versión.

Si reclamas al fabricante y este determina que el daño es externo, te derivará a tu seguro; y si reclamas al seguro y este considera que es un defecto de fábrica, puede rechazar la cobertura y remitirte de vuelta al fabricante. Conocer esta diferencia desde el principio te ahorra ese ida y vuelta.

Un ejemplo real de por qué la distinción importa

Imagina que, dos años después de instalar tus paneles, uno de ellos deja de producir electricidad. A primera vista, no sabes si es un fallo del propio panel o si algo externo lo ha dañado. Si llamas directamente a tu aseguradora sin comprobar antes con la instaladora si podría tratarse de un defecto cubierto por la garantía del fabricante, podrías acabar pagando una franquicia del seguro por algo que el fabricante te habría reparado gratis. Y al revés: si asumes que es garantía sin comprobarlo y resulta que el daño viene de una sobretensión de la red o un golpe accidental, el fabricante rechazará la reclamación y habrás perdido tiempo.

La recomendación práctica es siempre la misma: ante cualquier fallo, contacta primero con tu instaladora o con un técnico para que haga un diagnóstico inicial. Ellos suelen tener la experiencia para orientarte hacia la vía correcta antes de que abras una reclamación formal con la parte equivocada.

Preguntas frecuentes

¿Puedo reclamar al fabricante si el granizo dañó mi panel?

No, ese caso corresponde al seguro, no a la garantía del fabricante, ya que el daño viene de un evento externo, no de un defecto de fabricación.

¿La garantía del fabricante tiene coste adicional?

No, viene incluida en la compra del componente; el seguro sí es un coste aparte que decides contratar o no.